Entidades y Normas que Nos Regulan
Superintendencia de la Economía Solidaria​

Es el organismo encargado de la supervisión integral del sector de la economía solidaria y de defender los derechos de los asociados.

Ley 2300 del 10 julio de 2023

El Fondo de Empleados FODECO, en cumplimiento de la ley 2300 del 10 julio de 2023, sobre el derecho a la intimidad de los consumidores, informa que tiene dispuestos los siguientes canales: mensajes de texto (SMS), WhatsApp, correos electrónicos o llamadas telefónicas y/o cualquier otro canal que FODECO disponga e informe previamente, para el efecto de adelantar gestiones de cobranza y/o envió de mensajes de carácter comercial y/o publicitario.

Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias

Departamento encargado de dirigir y coordinar la política estatal para la promoción, planeación, protección, fortalecimiento y desarrollo de las organizaciones de la Economía Solidaria.

Ley 454 de 1998

Por la cual se determina el marco conceptual que regula la economía solidaria, se transforma el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas en el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, se crea la Superintendencia de la Economía Solidaria, se crea el Fondo de Garantías para las Cooperativas Financieras y de Ahorro y Crédito, se dictan normas sobre la actividad financiera de las entidades de naturaleza cooperativa y se expiden otras disposiciones.

Normatividad interna
Estatutos Fondo de Empleados FODECO

Es el conjunto de reglas y normas fundamentales para el funcionamiento y regulación de las actividades de FODECO. Consulte los estatutos aprobados por la Asamblea General el  25 de Febrero de 2023.

Reglamentos de Crédito

El servicio de crédito es considerado una de las actividades principales del Fondo de Empleados, procurando que su utilización por parte de los asociados se haga en forma racional y técnica, a fin de que contribuya efectivamente al mejoramiento de las condiciones de vida del asociado y de su grupo familiar.

La cuantía máxima, los plazos y demás requisitos para el otorgamiento de los créditos, los fijará la junta directiva, de acuerdo con la ley, los principios cooperativos, la capacidad financiera de la Entidad y las necesidades de sus asociados.

El interés corriente que el Fondo de Empleados cobrará a sus asociados será establecido por La Junta Directiva y podrá variar de acuerdo con las circunstancias del mercado, pero éste en ningún momento podrá ser superior a la tasa máxima de usura que certifique la Súper financiera.

Reglamento de BIENESTAR SOCIAL

El  Fondo de Empleados tiene como fin promover los principios solidarios y las ventajas competitivas de “fodeco”, creando futuro y generando cultura a travéz de beneficios dirigidos al asociado, a su familia y que contribuyan al mejoramiento integral de su calidad de vida, sortaleciendo su sentido de pertenencia, además de fomentar los lazos de integracion y solidaridad existentes en los asociados, directivos y empleados “FODECO”.

Para realizar la apertura de tu cuenta de ahorro, descarga el formato en el botón “Descargar Formato”. Diligéncialo completamente, y envíalo al correo afiliaciones@fodeco.com.